Responsive image
Derechos

DERECHOS DEL SOCIO

Toda persona que se incorpora a la Cooperativa INCLUSIVA adquiere automáticamente derechos. Estos derechos se mantienen de manera permanente hasta que la persona lo decida.

Los socios tienen los derechos siguientes:

A la igualdad de derechos y obligaciones entre los socios, sin discriminación alguna.

Hacer uso de todos los servicios que brinda la COOPAC y participar de sus beneficios.

Elegir y ser elegido en calidad de delegado y/o directivo de la COOPAC.

Asistir a todas las asambleas y reuniones de socios con derecho a voz y a un voto, independientemente de la cuantía de sus aportaciones.

Presentar ante el Consejo de Administración, cualquier proyecto o proposición para el mejoramiento de la COOPAC, para su estudio y tramitación.

Recibir información oportuna, veraz y de fácil entendimiento sobre los servicios que brinda la COOPAC y sobre las actividades que desarrolla.

Impugnar los acuerdos y decisiones del Consejo de Administración ante la Asamblea General.

Formular denuncias o reclamos por incumplimiento de la Ley N° 30822, sus normas reglamentarias, o el presente Estatuto ante los órganos competentes de la COOPAC.

Participar en las comisiones de trabajo que se constituyan de acuerdo a sus reglamentos.

A la renuncia, según lo establecido en el Estatuto.

Recibir capacitación, relacionada con la doctrina cooperativa, los productos y servicios de la cooperativa y otros temas vinculados a la cooperativa.

Obtener una copia del estatuto y reglamento interno de la cooperativa.